El posible cambio constitucional en nuestro
país, significa una oportunidad para la consagración de los derechos de niños,
niñas y adolescentes en la Carta Fundamental. Los 30 años desde la aprobación
de la Convención sobre los Derechos del Niño y la tramitación del Proyecto de
Ley de Garantías de los Derechos de la Niñez, sirven de telón de fondo para
este debate.
Las manifestaciones sociales ocurridas en
Chile, tienen como protagonistas justamente a jóvenes estudiantes de educación
media, quienes, a falta instancias de diálogo y de mecanismos de participación
efectiva –en la lógica de la ‘escalera de la participación’ de Hart (1993)- y
al igual que en los años 2006 y 2011, han utilizado las calles, la fuerza de la
voz y el ritmo de las cacerolas, para representar una serie de demandas
sociales, en un proceso que ha logrado congregar a millones de personas, con apoyo
transversal desde todos los sectores del país. La experiencia internacional enseña
que históricamente el reconocimiento y garantía de los derechos humanos siempre
va de la mano con procesos sociales que en definitiva significan conquistar, de
manera progresiva, un standard de bienestar más alto para la sociedad.
Dentro de estas demandas, resulta de
relevancia analizar, desde la óptica de los derechos de la niñez, aquellas que podrían
formar parte de esta nueva Constitución, tales como, el derecho a la educación
–gratuita y de calidad-, el derecho a la identidad y libre desarrollo de la
personalidad, el derecho a la protección especial y el derecho a vivir en
familia -a propósito de la consigna de ‘fin al SENAME’-, el derecho a la
participación, el derecho a la salud mental, entre otros.
En ese sentido, el reconocimiento de niños,
niñas y adolescentes como sujetos de derecho – y por tanto como válidos e
iguales en dignidad y derechos-, la consagración formal de sus derechos, con la
implicancia que aquello tiene en cuanto a jerarquía dentro del ordenamiento
jurídico, y la existencia de mecanismos que garanticen su goce y ejercicio, son
ventajas a considerar, al decir del profesor Espejo (2018), para su inclusión
en la Carta Fundamental.
Se suma a lo anterior, el proceso de ‘Constitucionalización del Derecho de Familia
y de niñez’, fenómeno creciente en aquellos países que han transitado un
cambio constitucional en los últimos años, dentro de los cuales se encuentran
países como Brasil, Bolivia, Ecuador, entre otros.
Otro de los puntos que ha estado en el
centro del debate legislativo, tiene que ver con la forma de financiamiento de
los programas dedicados a la protección especial de Derechos, lo cual ha
constituido una verdadera piedra de tope para la aprobación de la Ley de
Garantías. En ese sentido, el rol del Estado, como enseña Valverde (2008), es
de Garante Principal de los Derechos, el cual se encuentra muy lejos del principio de subsidiariedad con que, al
decir del Comité de Derechos del Niño (2018), ha actuado hasta el día de hoy. La
discusión sobre el Estado subsidiario, versus
un Estado de bienestar o un Estado social de derechos, puede ser determinante
para el trato hacia la niñez en los próximos años, siendo uno de los debates centrales
de este cambio constitucional.
Finalmente, el propio proceso constituyente,
que en su inicio ha tenido a adolescentes como impulsores de las
manifestaciones y de la visibilización de problemáticas transversales a la
sociedad, no puede ser ajeno a los propios jóvenes. Aparece como una exigencia
de justicia que se estudien mecanismos que fomenten el diálogo y la
participación efectiva, tanto indirecta, por medio del voto, como también
directa, por medio de la participación en la Convención Constituyente,
permitiendo así, que niños, niñas y adolescentes sean parte activa de la
construcción de su propio futuro, como también del país que todas y todos
queremos.
Jorge Sepúlveda Varela
Abogado
especializado en
Derecho de la Niñez
y de la Adolescencia.
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-Comité de Derechos del Niño (2018). Informe de la
investigación relacionada en Chile en virtud del artículo 13 del Protocolo
facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un
procedimiento de comunicaciones. Disponible en: https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/CRC/CRC_C_CHL_INQ_1.pdf.
- Valverde Mosquera, F. (2008). Intervención social con
la niñez: Operacionalizando el enfoque de derechos. Revista Mad, (3),
95-119. doi:10.5354/0718-0527.2014.31055.